POR LA CUAL SE ADICIONA UN PARÁGRAFO 2° AL ARTÍCULO 2° DE LA LEY 1023 DE 2006 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES
Este proyecto permite que los hijos con discapacidad que dependían económicamente de sus padres reciban la pensión de sobrevivientes sin importar su edad. La medida busca proteger a esta población vulnerable cuando sus cuidadores fallecen. Es importante porque garantiza un sustento económico vital para quienes no pueden trabajar por su condición de salud.
El trámite indica que este proyecto ya pasó por debates o fue sancionado; aún no hay votaciones enlazadas en esta base.