POR LA CUAL SE ESTABLECE PRIMERO (1) DE AGOSTO, DÍA DE LA EMANCIPACIÓN DEL PUEBLO RAIZAL DEL ARCHIPIÉLAGO DE SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA, COMO EL DÍA NACIONAL DEL PUEBLO RAIZAL
Este proyecto establece el primero de agosto como el Día Nacional del Pueblo Raizal. La medida reconoce oficialmente la historia y cultura de los habitantes de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. Es importante porque visibiliza la identidad de esta comunidad ante todo el país.
Texto radicado del proyecto de ley publicado por el Senado de la República.
Ver PDF originalLlegó hasta radicado — venció el plazo
El período legislativo terminó sin completar el trámite. Puede ser reradicado.
ARCHIVADO Art.190 Ley 5 de 1992 y 162 de la C.P.
| Foto | Congresista | Partido |
|---|---|---|
![]() | Astrid Sánchez Montes de Oca | Partido De La U |
![]() | Gómez Amin Mauricio | Partido Liberal |
![]() | Juan Carlos Lozada Vargas | Partido Liberal |
![]() | Vega Pérez Alejandro Alberto | Partido Liberal |
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