POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA EL ARTÍCULO 1122 DEL CÓDIGO CIVIL Y EL ARTÍCULO 1 DE LA LEY 1893 DE 2018 (INCLUSIÓN FILIACIÓN CIVIL EN MATERIA SUCESORAL)”,
Este proyecto asegura que los hijos adoptivos tengan los mismos derechos legales para recibir una herencia que los hijos biológicos. La medida busca eliminar la discriminación en las familias colombianas al momento de repartir bienes. Así, se garantiza que todos los hijos sean tratados por igual ante la ley sin importar su origen.
Texto radicado del proyecto de ley publicado por el Senado de la República.
Ver PDF originalLlegó hasta en comisión — venció el plazo
El período legislativo terminó sin completar el trámite. Puede ser reradicado.
ARCHIVADO ARCHIVADO ACORDE CON EL ARTÍCULO 162 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA.- No se discutió ponencia para primer debate
| Foto | Congresista | Partido |
|---|---|---|
![]() | Marelen Castillo Torres | C.P. Art. 112, A.L. 02 De 2015 Art. 1 Y Est. De Oposición Ley, 1909 De 2018 Art. 24 |
![]() | Pulido Hernández Jonathan Ferney | Alianza Verde |
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