Castigo penal para quienes cometan violencia y acoso digital contra las mujeres
Nombre ciudadano · generado por IAVer título legal oficial
POR MEDIO DE LA CUAL SE MODIFICA EL CÓDIGO PENAL Y DE PROCEDIMIENTO PENAL, SE CREA EL CAPÍTULO DE LA VIOLACIÓN A LA INTIMIDAD PERSONAL MEDIANTE EL USO DE LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES, SE TIPIFICA EL DELITO DE VIOLENCIA DIGITAL DE GÉNERO Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES
Resumen
generado por IAEste proyecto crea nuevos delitos para castigar a quienes usen internet para vulnerar la intimidad o violentar a las mujeres. Afecta a cualquier persona que difunda contenido privado o acose digitalmente a otras. Es importante porque busca frenar el ciberacoso y proteger la seguridad de las mujeres en redes sociales.
Proyecto archivado
Llegó hasta radicado — venció el plazo
El período legislativo terminó sin completar el trámite. Puede ser reradicado.
Ver texto original del Senado
ARCHIVADO Art 190 ley 5 de 1992
Autores y ponentes
Votaciones
Este proyecto figura archivado sin votación registrada aquí. Suele corresponder a archivo por trámite legislativo u otras causas sin votación en plenaria o comisión en la fuente consultada.